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Árbol de trámites ambientales

Requieren licencia ambiental

35 trámites y 67 numerales

Solo los proyectos de los dos listados del Decreto 1076 de 2015 (art. 2.2.2.3.2.1). El listado dice quién la otorga, y la licencia ya incluye los permisos de uso de recursos.

Ante la ANLA

2 trámites y 33 numerales

Los proyectos del listado del art. 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 de 2015.

Cómo se tramita la licencia ante la ANLATrámite

Autorización para ejecutar el proyecto, que lleva implícitos los permisos de uso de recursos naturales. La otorga la ANLA para los proyectos de su lista.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Cómo avanza el trámite

  1. Acto de inicio inmediato
  2. Evaluación y visita dentro de 20 días hábiles
  3. Reunión para pedir información adicional, por una sola vez, dentro de 10 días hábiles, y un mes para responder, prorrogable por otro
  4. Conceptos de otras entidades en 10 más 20 días hábiles
  5. Decisión en un máximo de 30 días hábiles

Requisitos principales 10 de 14

  • El Estudio de Impacto Ambiental, elaborado según los términos de referencia que apliquen al sector.
  • Formulario Único de Licencia Ambiental.
  • Los planos que soportan el estudio, en el Modelo de Almacenamiento Geográfico vigente.
  • Costo estimado de inversión y operación del proyecto.
  • Poder debidamente otorgado, cuando se actúe por apoderado.
  • Constancia de pago del servicio de evaluación. Ante la ANLA la autoliquidación se hace antes de radicar; si se necesita que la liquide la autoridad, hay que pedirlo con al menos 15 días hábiles de antelación a la solicitud.
  • Documento de identificación o certificado de existencia y representación legal, en el caso de personas jurídicas.
  • Certificado del Ministerio del Interior sobre presencia o no de comunidades étnicas y existencia de territorios colectivos en el área del proyecto.
  • Copia de la radicación del documento exigido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en cumplimiento de la Ley 1185 de 2008.
  • El formato aprobado por la autoridad para la verificación preliminar de la documentación.
Ver los 14 requisitosVer menos
  • Para minería, copia del título minero o del contrato de concesión inscrito en el Registro Minero Nacional; para hidrocarburos, copia del contrato.
  • Para carbón, el estudio del modo de transporte hasta el puerto (art. 2.2.2.3.6.2, par. 3).
  • Si la licencia lleva implícita la concesión de aguas, el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
  • Constancia de haber radicado copia del Estudio de Impacto Ambiental ante las autoridades ambientales regionales del área del proyecto.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo No. 1. Formulario Único de Solicitud o Modificación de Licencia AmbientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAXLSX, 70 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo No. 2. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de licencia ambientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 310 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • MAG Res. 2182 - MAGNA_Origen_Nacional (plantilla de la base de datos geográfica)Formulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)ZIP, 3,1 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Plantilla de Metadato InstitucionalFormulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)XLSX, 710 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesTérminos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y ANLAPDF, 5,4 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Guía para el diligenciamiento y presentación del modelo de datos geográficosGuía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 3,0 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Petróleo y gas 6
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 1
  1. lit. a)La sísmica que requiere abrir vías, y la marina a menos de 200 m de profundidad.
  2. lit. b)La perforación exploratoria fuera de campos de producción existentes.
  3. arts. 2.2.2.3.2.2, num. 1, lit. c), y 2.2.2.3.1.4La explotación de hidrocarburos. Se otorga como licencia ambiental global para toda el área.
  4. lit. d)Los ductos fuera de los campos, de 6 pulgadas de diámetro o más.
  5. lit. e)Las terminales de entrega y las estaciones de transferencia de hidrocarburos.
  6. lit. f)Las refinerías y los desarrollos petroquímicos de un complejo de refinación.
Minería 4
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 2
  1. arts. 2.2.2.3.2.2, num. 2, lit. a), y 2.2.2.3.1.4La explotación de carbón de 800.000 toneladas al año o más. Se otorga como licencia global.
  2. lit. b)La explotación de arcillas desde 600.000 t/año, o de otros materiales de construcción desde 250.000 m3/año.
  3. lit. c)La explotación de minerales metálicos con remoción total de 2.000.000 t/año o más.
  4. lit. d)La explotación de otros minerales de 1.000.000 t/año o más.
Generación de energía 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2
  1. num. 4.1Las centrales de 100 MW o más, de cualquier fuente.
  2. num. 4.2Las fuentes no convencionales renovables de 50 MW o más, desde el Decreto 852 de 2024.
  3. num. 5La generación de energía nuclear.
Líneas eléctricas y subestaciones 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 4.3Las líneas del Sistema de Transmisión Nacional, de 220 kV o más, con sus subestaciones.
Presas, embalses, trasvases o distritos de riego 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2
  1. num. 3Las presas, represas y embalses de más de 200 millones de m3.
  2. num. 15Los trasvases entre cuencas con más de 2 m3/s en época de caudal mínimo.
  3. num. 9Los distritos de riego o drenaje de más de 20.000 ha.
Carreteras, puentes y túneles 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 8.1Las carreteras nuevas, las segundas calzadas y los túneles de la red vial nacional.
Vías férreas 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 8.3Las vías férreas de la red nacional, públicas o privadas.
Puertos y obras en el mar o en ríos 5
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2
  1. arts. 2.2.2.3.2.2, num. 6, lit. a), y 2.2.2.3.1.5Los puertos marítimos de gran calado. La licencia es requisito previo de la concesión portuaria.
  2. num. 6, lit. b)Los dragados de profundización del canal de acceso a puertos de gran calado.
  3. num. 6, lit. c)La estabilización de playas y de entradas costeras.
  4. num. 8.4Las obras marítimas duras y la regeneración de dunas y playas como obra pública.
  5. num. 8.2Las obras públicas en la red fluvial nacional.
Aeropuertos y pistas 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 7Los aeropuertos internacionales y sus nuevas pistas.
Plaguicidas y sustancias controladas 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2
  1. num. 10.1La producción de plaguicidas.
  2. num. 10.2La importación de plaguicidas de uso agrícola, veterinario, en salud pública, industrial o doméstico.
  3. num. 11La importación o producción de sustancias controladas por tratados ambientales, salvo que esas normas prevean otra autorización.
Fauna: zoocría, caza comercial o especies foráneas 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2, num. 16Introducir especies foráneas y los zoocriaderos con especies de los apéndices CITES.
Por el lugar: áreas protegidas 4
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.2
  1. arts. 2.2.2.5.4.4 y 2.2.2.3.2.2, nums. 12 y 13Dentro de un Parque Nacional Natural o de otra área protegida nacional, el mejoramiento de una vía, un corredor férreo o un aeropuerto existentes sí requiere licencia, y la otorga la ANLA.
  2. num. 12, lit. a)Los proyectos dentro de un Parque Nacional Natural, en el marco de las actividades que allí están permitidas, requieren licencia de la ANLA.
  3. num. 13La construcción de infraestructura o de agroindustria dentro de un área protegida pública nacional distinta a un parque, como una reserva forestal protectora nacional, requiere licencia de la ANLA, siempre que sea compatible con los usos de su categoría.
  4. nums. 12 y 13Por el lugar, la licencia la otorga la ANLA, también para los proyectos de la lista regional: dentro de un Parque Nacional Natural, para las actividades allí permitidas; en su zona amortiguadora ya determinada, si el proyecto es compatible con el plan de manejo ambiental de esa zona, y, para la construcción de infraestructura compatible con los usos del área, en las demás áreas protegidas públicas nacionales.
Transición del Decreto 852 de 2024Aviso

Los proyectos de energía renovable de 50 a menos de 100 MW radicados, o ya licenciados, antes de que rigiera el Decreto 852 de 2024 siguen con la autoridad ante la que se tramitaron.

Ante quiénLa autoridad que otorga la licencia

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Normas para descargar

  • Decreto 852 de 2024, por el cual se modifican los artículos 2.2.2.3.1.1, 2.2.2.3.2.2 y 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015, en relación con las competencias para otorgar la licencia ambiental a los proyectos de exploración y uso de fuentes de energía alternativa virtualmente contaminantes y se toman otras determinacionesNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 93 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Ante la autoridad ambiental regional

1 trámite y 34 numerales

Los proyectos del listado del art. 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015, ante la corporación o autoridad ambiental del lugar.

Cómo se tramita la licencia ante la autoridad regionalTrámite

Autorización para ejecutar el proyecto, que lleva implícitos los permisos de uso de recursos naturales. La otorga la corporación o autoridad ambiental del lugar.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Cómo avanza el trámite

  1. Acto de inicio inmediato
  2. Evaluación y visita dentro de 20 días hábiles
  3. Reunión para pedir información adicional, por una sola vez, dentro de 10 días hábiles, y un mes para responder, prorrogable por otro
  4. Conceptos de otras entidades en 10 más 20 días hábiles
  5. Decisión en un máximo de 30 días hábiles

Requisitos principales 10 de 13

  • El Estudio de Impacto Ambiental, elaborado según los términos de referencia que apliquen al sector.
  • Formulario Único de Licencia Ambiental.
  • Los planos que soportan el estudio, en el Modelo de Almacenamiento Geográfico vigente.
  • Costo estimado de inversión y operación del proyecto.
  • Poder debidamente otorgado, cuando se actúe por apoderado.
  • Constancia de pago del servicio de evaluación. Ante la ANLA la autoliquidación se hace antes de radicar; si se necesita que la liquide la autoridad, hay que pedirlo con al menos 15 días hábiles de antelación a la solicitud.
  • Documento de identificación o certificado de existencia y representación legal, en el caso de personas jurídicas.
  • Certificado del Ministerio del Interior sobre presencia o no de comunidades étnicas y existencia de territorios colectivos en el área del proyecto.
  • Copia de la radicación del documento exigido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en cumplimiento de la Ley 1185 de 2008.
  • El formato aprobado por la autoridad para la verificación preliminar de la documentación.
Ver los 13 requisitosVer menos
  • Para minería, copia del título minero o del contrato de concesión inscrito en el Registro Minero Nacional; para hidrocarburos, copia del contrato.
  • Para carbón, el estudio del modo de transporte hasta el puerto (art. 2.2.2.3.6.2, par. 3).
  • Si la licencia lleva implícita la concesión de aguas, el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo No. 1. Formulario Único de Solicitud o Modificación de Licencia AmbientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAXLSX, 70 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo No. 2. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de licencia ambientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 310 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • MAG Res. 2182 - MAGNA_Origen_Nacional (plantilla de la base de datos geográfica)Formulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)ZIP, 3,1 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Plantilla de Metadato InstitucionalFormulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)XLSX, 710 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesTérminos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y ANLAPDF, 5,4 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Guía para el diligenciamiento y presentación del modelo de datos geográficosGuía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 3,0 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Minería 5
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 1
  1. lit. a)La explotación de carbón de menos de 800.000 toneladas al año.
  2. lit. b)La explotación de materiales de construcción por debajo de los umbrales de la ANLA.
  3. lit. c)La explotación de minerales metálicos por debajo de 2.000.000 t/año de remoción total.
  4. lit. d)La explotación de otros minerales por debajo de 1.000.000 t/año.
  5. Ley 685 de 2001, art. 117Aunque mejorar o mantener la vía no requiera licencia, sacar de predios vecinos los materiales de construcción sí: la extracción necesita licencia ambiental de la autoridad regional si es menor de 250.000 m3 al año (600.000 toneladas en arcillas); por encima, de la ANLA.
Generación de energía 4
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 4
  1. Las fuentes no convencionales renovables de 10 a menos de 50 MW.
  2. Las centrales no hidráulicas de 10 a menos de 100 MW.
  3. Las centrales hidroeléctricas de menos de 100 MW.
  4. La lista regional incluye las hidroeléctricas de menos de 100 MW, salvo las de Zonas No Interconectadas de 10 MW o menos; una pequeña central conectada al sistema queda incluida.
Líneas eléctricas y subestaciones 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 4Las líneas del Sistema de Transmisión Regional, de 50 a menos de 220 kV.
Presas, embalses, trasvases o distritos de riego 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
  1. num. 3Las presas, represas y embalses de 200 millones de m3 o menos.
  2. num. 18Los trasvases entre cuencas con menos de 2 m3/s en época de caudal mínimo.
  3. num. 17Los distritos de riego o drenaje de 5.000 a 20.000 ha.
Carreteras, puentes y túneles 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 7Las carreteras, segundas calzadas y túneles de la red secundaria y terciaria.
Vías férreas 1
Puertos y obras en el mar o en ríos 5
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
  1. num. 5, lit. a)Los puertos marítimos que no son de gran calado.
  2. num. 5, lit. b)Los dragados de los canales de puertos que no son de gran calado.
  3. num. 5, lit. c)Las obras marítimas duras y la regeneración de dunas y playas como obra privada.
  4. num. 8Las obras privadas en la red fluvial nacional.
  5. num. 22Los proyectos, obras o actividades sobre el patrimonio cultural sumergido de la Ley 1675 de 2013, dentro de las doce millas náuticas, requieren licencia de la autoridad regional.
Aeropuertos y pistas 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 6Los aeropuertos del nivel nacional y sus nuevas pistas.
Residuos y aguas residuales 6
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
  1. num. 10Las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o disposición de residuos peligrosos.
  2. num. 11Las instalaciones de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, pilas o baterías.
  3. num. 12Las plantas de aprovechamiento de residuos orgánicos de 20.000 t/año o más.
  4. num. 13Los rellenos sanitarios.
  5. num. 14Los sistemas de tratamiento de aguas residuales que sirven a 200.000 habitantes o más.
  6. num. 23Los Parques Tecnológicos y Ambientales.
Industria 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
  1. num. 2Las plantas concreteras fijas de más de 10.000 m3/mes.
  2. num. 15La industria de sustancias químicas básicas de origen mineral, alcoholes y ácidos inorgánicos.
  3. num. 16El almacenamiento de sustancias peligrosas distintas de los hidrocarburos, sin umbral mínimo.
Fauna: zoocría, caza comercial o especies foráneas 1
  1. Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 19 y par. 3La caza comercial y los zoocriaderos comerciales de exóticas en ciclo cerrado.
Por el lugar: áreas protegidas 3
Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
  1. arts. 2.2.2.5.4.4 y 2.2.2.3.2.3, nums. 20 y 21Dentro de un Parque Natural Regional o de otra área protegida regional, el mejoramiento de una vía, un corredor férreo o un aeropuerto existentes sí requiere licencia, y la otorga la autoridad regional.
  2. num. 20Los proyectos dentro de un Parque Natural Regional, en el marco de las actividades que allí están permitidas, requieren licencia de la autoridad regional.
  3. num. 21La construcción de infraestructura o de agroindustria dentro de un área protegida pública regional distinta a un parque, como una reserva forestal protectora regional, requiere licencia de la autoridad regional, siempre que sea compatible con los usos de su categoría.

Licencias especiales

4 trámites

Licencia ambiental solar con diseño optimizado (LASolar)Trámite

Licencia opcional ante la ANLA para proyectos solares de 10 a 100 MW que cumplen todos los criterios de localización, con términos de referencia específicos.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Plazo

La ANLA expide los términos de referencia específicos en 15 días, o rechaza la solicitud en 5. Radicado el estudio, verifica los documentos y expide el auto de inicio en 5 días, tiene 10 días para pedir información adicional (el solicitante tiene 30 para responder) y decide en 15 días.

Requisitos principales

  • Solicitud de términos de referencia específicos a la ANLA, con las coordenadas del área aproximada a intervenir y una salida gráfica de su ubicación.
  • Distribución de la infraestructura y de las actividades dentro del área potencial de intervención.
  • Descripción de todas las fases del proyecto, de la preconstrucción al abandono, con sus obras, actividades y características generales de diseño, construcción y funcionamiento.
  • Justificación técnica sobre el uso del suelo, las determinantes ambientales y el cumplimiento de los criterios de inclusión.
  • Toda la información en el modelo de almacenamiento geográfico de la Resolución 2182 de 2016.
  • Después, el Estudio de Impacto Ambiental elaborado con esos términos de referencia.

Formularios y normas para descargar

  • ABC de LAsOLARGuía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 1,2 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1033 de 2025, por el cual se adiciona el capítulo 10 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la Licencia Ambiental Solar con Diseño Optimizado (LASolar) para impulsar la transición energética justa y se dictan otras disposicionesNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 130 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Licencia ambiental eólica con diseño optimizado (LAEólica)Trámite

Licencia opcional ante la ANLA para parques eólicos de 10 a 100 MW que cumplen todos los criterios de localización y tecnología.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Plazo

La ANLA expide los términos de referencia específicos en 15 días, o rechaza la solicitud en 5. Radicado el estudio, verifica los documentos y expide el auto de inicio en 5 días, tiene 10 días para pedir información adicional (el solicitante tiene 30 para responder) y decide en 15 días.

Requisitos principales

  • Solicitud de términos de referencia específicos a la ANLA, con las coordenadas del área aproximada a intervenir y una salida gráfica de su ubicación.
  • Distribución de la infraestructura y de las actividades dentro del área potencial de intervención.
  • Descripción de todas las fases del proyecto, de la preconstrucción al abandono, con sus obras, actividades y características generales de diseño, construcción y funcionamiento.
  • Justificación técnica sobre el uso del suelo, las determinantes ambientales y el cumplimiento de los criterios de inclusión.
  • Toda la información en el modelo de almacenamiento geográfico de la Resolución 2182 de 2016.
  • Después, el Estudio de Impacto Ambiental elaborado con esos términos de referencia.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1186 de 2025, por el cual se adiciona el capítulo 11 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, en lo relacionado con la Licencia Ambiental Eólica con Diseño Optimizado (LAEólica) para impulsar la transición energética justa y se dictan otras disposicionesNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 137 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Línea de conexión de un proyecto optimizadoAviso

Los activos de conexión de un proyecto LASolar o LAEólica pueden quedar dentro de esa licencia, sin diagnóstico de alternativas, si cumplen los criterios de inclusión; la línea que se tramite aparte sigue el régimen ordinario.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Licencia ambiental temporal para la formalización mineraTrámite

Licencia temporal para la minería en proceso de formalización, mientras se tramita la licencia global o definitiva.

Ante quiénLa autoridad del listado según el volumen: la ANLA o la regional

Plazo

La autoridad se pronuncia sobre la viabilidad dentro de los 30 días siguientes a la radicación del estudio.

Requisitos principales

  • El Estudio de Impacto Ambiental, con los términos de referencia diferenciales del Ministerio de Ambiente, radicado junto con la solicitud dentro de los tres meses siguientes al acto que autoriza la formalización.
  • Si la solicitud de formalización de minería tradicional ya presentó un plan de manejo ambiental, no se exige el estudio: la licencia temporal se otorga con ese plan.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo 1. FUN para solicitud LATFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SostenibleXLSX, 72 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo 2. Formato de verificación preliminarFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SostenibleXLSX, 943 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental – EIA, para la solicitud de la licencia ambiental temporal en el marco de la formalización y legalización minera (Anexo 3)Términos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 2,7 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo No. 4. Manual de evaluación del estudio de impacto ambiental – EIA, para la solicitud de la licencia ambiental temporal en el marco de la legalización y la formalización mineraGuía · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 2,1 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 «Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad»Norma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 577 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Cambios a un proyecto licenciado

2 trámites

Modificación de la licencia ambientalTrámite

Los cambios a un proyecto licenciado se tramitan como modificación, salvo los cambios menores o de ajuste normal que la norma exime.

Ante quiénLa autoridad que otorgó la licencia

Cómo avanza el trámite

  1. Acto de inicio inmediato
  2. Evaluación y visita dentro de 15 días hábiles
  3. Reunión para pedir información adicional dentro de 5 días hábiles, y un mes para responder, prorrogable
  4. Conceptos de otras entidades en 10 más 10 días hábiles
  5. Decisión en un máximo de 20 días hábiles

Para un cambio menor, la autoridad dice en 20 días hábiles si hace falta modificar.

Requisitos principales

  • Solicitud firmada por el titular de la licencia, o por su representante legal o apoderado.
  • Descripción de las obras o actividades que se modifican, con planos y mapas de localización, el costo de la modificación y su justificación.
  • Complemento del Estudio de Impacto Ambiental con los nuevos impactos y la propuesta de ajuste al plan de manejo, según la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales.
  • Constancia de pago de la evaluación; ante la ANLA, la autoliquidación va antes de la solicitud.
  • En proyectos de la ANLA que cambian el uso de recursos naturales, constancia de radicación del complemento ante la autoridad ambiental regional.
  • Si la modificación amplía el área, el certificado del Ministerio del Interior sobre presencia o no de comunidades étnicas.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo No. 1. Formulario Único de Solicitud o Modificación de Licencia AmbientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAXLSX, 70 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo No. 4. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de modificación del instrumento de manejo ambientalFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 297 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Aplicativo para la radicación de cambios menores (manual de uso en VITAL)Guía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 865 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Formato en línea 'Solicitud / Información de cambio menor' (VITAL)Plataforma · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)Abrir la plataforma
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Plan de manejo ambiental de régimen de transiciónTrámite

Algunos proyectos tienen, por el régimen de transición, un plan de manejo ambiental en lugar de licencia. Se le aplican las reglas de las licencias, y si se quieren incluir nuevas áreas con actividades de los listados, hay que tramitar licencia.

Ante quiénLa autoridad que impuso el plan de manejo

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Lo que arrastra la licencia

26 trámites

Antes de radicar 10Pronunciamiento sobre el Diagnóstico Ambiental de Alternativas · Términos de referencia del estudio · Nueva metodología de estudios ambientales · Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa · Programa de Arqueología Preventiva · Permiso de recolección para estudios ambientales · Definición de la autoridad cuando hay varias jurisdicciones · Registro del proyecto ante la UPME · Concepto de la Agencia Nacional de Hidrocarburos · Yacimientos no convencionales
Pronunciamiento sobre el Diagnóstico Ambiental de AlternativasTrámite

Antes del estudio de impacto, ciertos proyectos deben preguntar a la autoridad si tienen que presentar un diagnóstico de alternativas.

Ante quiénLa autoridad que otorga la licencia

Plazo

La autoridad se pronuncia dentro de los 15 días hábiles siguientes y entrega los términos de referencia del diagnóstico o del estudio de impacto, según el caso.

Requisitos principales

  • Petición escrita a la autoridad para que determine si el proyecto requiere diagnóstico ambiental de alternativas.
  • Descripción, objetivo y alcance del proyecto.
  • Localización del proyecto mediante coordenadas y planos.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo No. 3. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de Diagnóstico Ambiental de Alternativas (DAA)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 292 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Guía para la inclusión del análisis costo beneficio en la matriz multicriterio para selección de la alternativa en el diagnóstico ambiental de alternativasGuía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 910 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Términos de referencia del estudioTrámite

El estudio ambiental se elabora con los términos de referencia del sector; si no existen para tu caso, se piden a la autoridad. La LASolar y la LAEólica tienen términos de referencia específicos, que expide la ANLA, y la licencia temporal de formalización minera, unos diferenciales del Ministerio de Ambiente.

Ante quiénLa autoridad que otorga la licencia

Plazo

Si el Ministerio de Ambiente no ha expedido términos de referencia para ese estudio, la autoridad los fija dentro de los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Los específicos de la LASolar y la LAEólica, la ANLA los expide en 15 días, o rechaza la solicitud en 5.

Formularios y normas para descargar

  • Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesTérminos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y ANLAPDF, 5,4 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 «Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad»Norma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 577 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Nueva metodología de estudios ambientalesAviso

La Resolución 0940 de 2026 adoptó una nueva metodología general para elaborar estudios ambientales. Los estudios que ya estaban en elaboración pueden presentarse con la metodología anterior durante 18 meses.

Ante quiénMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Formularios y normas para descargar

  • Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesTérminos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y ANLAPDF, 5,4 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales (2018)Términos de referencia · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y ANLAPDF, 2,4 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Resolución 0940 de 28 de julio de 2026, por la cual se adopta la Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales y se toman otras determinacionesNorma · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 284 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previaTrámite

La Autoridad Nacional de Consulta Previa decide si el proyecto debe consultarse con comunidades étnicas. La solicitud de licencia lleva su pronunciamiento, y si la consulta procede, la licencia no se otorga sin protocolizarla.

Ante quiénDirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, Ministerio del Interior

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Formularios y normas para descargar

  • Anexo 1. Solicitud de determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa para la ejecución de proyectos, obras o actividadesFormulario · Ministerio del Interior, Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta PreviaDOC, 141 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Procedimiento. Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa (versión 08)Guía · Ministerio del Interior, Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta PreviaPDF, 362 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • SIANCP, Sistema de información de consulta previa (Ministerio del Interior)Plataforma · Ministerio del Interior, Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta PreviaAbrir la plataforma
  • Decreto 2353 de 2019, por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y se determinan las funciones de algunas dependenciasNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 94 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Programa de Arqueología PreventivaTrámite

Los proyectos que requieren licencia ambiental registran un programa de arqueología preventiva ante el ICANH, y sin el plan de manejo arqueológico aprobado no pueden empezar las obras.

Plazo

El ICANH aprueba el registro en un máximo de 15 días hábiles, y el plan de manejo arqueológico en otros 15 días hábiles.

Requisitos principales

  • Solicitud de registro del programa ante el ICANH, con información precisa del proyecto y de su titular y la caracterización de los polígonos del plan de manejo arqueológico.
  • Un profesional en arqueología inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos.

Formularios y normas para descargar

  • Modelo de datos ICANH versión 4 (archivos vectoriales, tablas y metadato)Formulario · Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)ZIP, 893 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Términos de referencia para los Programas de Arqueología PreventivaTérminos de referencia · Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)PDF, 389 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Protocolo de manejo de hallazgos fortuitos de patrimonio arqueológico (GP-PR-08-PT-01)Guía · Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)PDF, 298 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Formulario de Registro Programa de Arqueología Preventiva (ICANH)Plataforma · Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)Abrir la plataforma
  • Decreto 1080 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector CulturaNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,1 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Permiso de recolección para estudios ambientalesTrámite

Las colectas de flora, fauna o hidrobiológicos para elaborar un estudio ambiental requieren este permiso antes del muestreo.

Ante quiénLa autoridad regional; la ANLA si cubre dos o más jurisdicciones; Parques Nacionales dentro de un parque

Cómo avanza el trámite

  1. Auto de inicio dentro de 3 días hábiles
  2. La autoridad puede pedir información adicional, por una sola vez, dentro de 10 días hábiles
  3. Decisión en 10 días hábiles

El permiso dura hasta dos años.

Requisitos principales

  • Formato de solicitud diligenciado, con los departamentos o municipios donde se hará la recolecta.
  • Documento con las metodologías para cada grupo biológico que se va a estudiar.
  • Documento con el perfil de los profesionales que intervendrán en los estudios.
  • Copia del documento de identificación del solicitante.
  • Recibo de pago del servicio de evaluación.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional Solicitud. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)DOCX, 48 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Formato Único Nacional. Inicio de actividades por proyecto. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)DOCX, 49 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Formato Único Nacional. Relación del material recolectado. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormulario · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)DOCX, 47 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Guía para la solicitud y uso del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales (IR-GU-01)Guía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 3,6 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Instructivo para la liquidación de servicios de evaluación para los trámites de biodiversidad ante la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales, VITAL (IR-IN-22)Guía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 1,1 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Definición de la autoridad cuando hay varias jurisdiccionesTrámite

Si el proyecto sujeto a licencia cae en la jurisdicción de dos o más autoridades, la autoridad ante la que radicas la solicitud la envía a la ANLA con la información de cada jurisdicción, y la ANLA designa cuál autoridad decide la licencia.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Plazo

La ANLA designa la autoridad dentro de los 15 días hábiles siguientes a recibir la información.

Requisitos principales

  • No los radicas tú ante la ANLA: la autoridad ante la que radicas la solicitud de licencia los anexa al enviarla.
  • Descripción del proyecto: objetivo, actividades y características en cada jurisdicción, con localización georreferenciada.
  • Consideraciones técnicas: componentes ambientales, infraestructura e impactos significativos en cada jurisdicción.
  • Recursos naturales, permisos y concesiones que se requieren en cada jurisdicción.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Registro del proyecto ante la UPMETrámite

Los proyectos hidroeléctricos presentan copia de su registro ante la UPME, y la autoridad le pide concepto sobre el potencial energético; mientras llega, en el diagnóstico de alternativas se suspenden los términos.

Ante quiénUnidad de Planeación Minero EnergéticaUPME.

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Requisitos principales

  • Copia del registro del proyecto expedido por la UPME.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Concepto de la Agencia Nacional de HidrocarburosTrámite

Si el proyecto usa estimulación hidráulica, la solicitud de licencia debe llevar un concepto de la ANH que diga si el yacimiento es convencional o no convencional.

Ante quiénAgencia Nacional de HidrocarburosANH.

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Yacimientos no convencionalesAviso

Los yacimientos no convencionales tienen reglas propias: la licencia exige un concepto de la ANH sobre el tipo de yacimiento, y el agua de producción y el fluido de retorno no se pueden verter al suelo. Confirma las reglas vigentes antes de planear.

Ante quiénAutoridad Nacional de Licencias AmbientalesANLA.

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Incluido en la licencia 11Concesión de aguas superficiales · Permiso de exploración de aguas subterráneas · Concesión de aguas subterráneas · Permiso de vertimientos · Autorización de ocupación de cauce, playa o lecho · Aprovechamiento forestal único · Aprovechamiento forestal persistente · Aprovechamiento forestal doméstico · Tala o traslado de árboles aislados · Aprovechamiento de productos forestales no maderables · Permiso de emisiones atmosféricas
Concesión de aguas superficialesTrámite

Tomar agua de un río, quebrada, lago o ciénaga para usos distintos a los de ministerio de ley exige concesión.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Cómo avanza el trámite

  1. La visita ocular se anuncia con al menos 10 días de anticipación
  2. Si hay oposición, hay hasta 30 días para pruebas
  3. La decisión se toma dentro de los 15 días siguientes a la visita o al vencimiento del término de pruebas

Requisitos principales 10 de 13

  • Identificación, domicilio y nacionalidad del solicitante; para personas jurídicas, razón social, documentos de constitución y datos del representante legal.
  • Nombre de la fuente de donde se hará la derivación o donde se usará el agua.
  • Predios, municipios o comunidades que se beneficiarán, y su jurisdicción.
  • Destino que se le dará al agua.
  • Cantidad de agua que se quiere usar, en litros por segundo.
  • Sistemas de captación, derivación, conducción, restitución de sobrantes, distribución y drenaje, con las inversiones y el plazo para hacerlas.
  • Si se necesita servidumbre para el aprovechamiento o para las obras.
  • Término por el que se pide la concesión.
  • Extensión y clase de cultivos, si el agua es para riego.
  • Documentos que acrediten la personería del solicitante.
Ver los 13 requisitosVer menos
  • Autorización del propietario o poseedor, si el solicitante es mero tenedor.
  • Certificado actualizado de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos sobre la propiedad del inmueble, o prueba de la posesión o tenencia.
  • El programa para el uso eficiente y ahorro del agua.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas SuperficialesFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 39 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Permiso de exploración de aguas subterráneasTrámite

Perforar un pozo para aprovechar aguas subterráneas exige primero un permiso de exploración.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Requisitos principales

  • Los mismos requisitos de la solicitud de concesión de aguas.
  • Ubicación y extensión de los predios a explorar, indicando si son propios, ajenos o baldíos.
  • Nombre y número de inscripción de la empresa perforadora, y el equipo que usará.
  • Sistema de perforación y plan de trabajo.
  • Características hidrogeológicas de la zona, si se conocen.
  • Otros aprovechamientos de aguas subterráneas en el área que fije la autoridad.
  • Superficie y término del permiso que se pide.
  • Certificado de registro del inmueble, o prueba de la posesión o tenencia.
  • Documentos que acrediten la personería o identificación del solicitante.
  • Autorización escrita, con firma autenticada, del propietario de los predios ajenos donde se explorará.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas SubterráneasFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 86 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Concesión de aguas subterráneasTrámite

Aprovechar aguas subterráneas exige concesión, salvo el uso doméstico en el propio predio.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Cómo avanza el trámite

  1. La visita ocular se anuncia con al menos 10 días de anticipación
  2. Si hay oposición, hay hasta 30 días para pruebas
  3. La decisión se toma dentro de los 15 días siguientes a la visita o al vencimiento del término de pruebas

Requisitos principales

  • Los requisitos de la solicitud de concesión de aguas superficiales.
  • Copia del permiso de exploración.
  • Certificación de haber presentado el informe de la exploración.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Concesión de Aguas SubterráneasFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 40 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Permiso de vertimientosTrámite

Verter aguas residuales a un cuerpo de agua, al mar o al suelo exige permiso, con una evaluación ambiental del vertimiento.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Cómo avanza el trámite

  1. 10 días hábiles para revisar la documentación, y 10 más para completarla si falta algo
  2. Estudio y visitas dentro de 30 días hábiles desde el auto de inicio
  3. Informe técnico en 8 días hábiles
  4. Decisión en un máximo de 20 días hábiles desde el auto que declara reunida la información

Requisitos principales 10 de 23

  • Nombre, dirección e identificación del solicitante, y razón social si es persona jurídica.
  • Poder, si se actúa mediante apoderado.
  • Certificado de existencia y representación legal, para persona jurídica.
  • Autorización del propietario o poseedor, si el solicitante es mero tenedor.
  • Certificado actualizado del Registrador de Instrumentos Públicos sobre la propiedad del inmueble, o prueba de la posesión o tenencia.
  • Nombre y localización del predio, proyecto, obra o actividad.
  • Costo del proyecto, obra o actividad.
  • Fuente de abastecimiento, con la cuenca o unidad ambiental costera u oceánica a la que pertenece.
  • Características de las actividades que generan el vertimiento.
  • Plano con el origen, la cantidad y la localización georreferenciada de las descargas.
Ver los 23 requisitosVer menos
  • Nombre de la fuente receptora, con la cuenca o unidad ambiental costera u oceánica a la que pertenece.
  • Caudal de la descarga, en litros por segundo.
  • Frecuencia de la descarga, en días por mes.
  • Tiempo de la descarga, en horas por día.
  • Tipo de flujo de la descarga: continuo o intermitente.
  • Caracterización del vertimiento actual, o estado final previsto del vertimiento proyectado, según la norma de vertimientos.
  • Ubicación, operación, memorias técnicas, diseños de ingeniería conceptual y básica, planos de detalle y eficiencia del sistema de tratamiento.
  • Concepto sobre el uso del suelo de la autoridad municipal.
  • Evaluación ambiental del vertimiento, salvo si va al alcantarillado público.
  • Plan de gestión del riesgo para el manejo del vertimiento.
  • Constancia de pago del servicio de evaluación.
  • Lo demás que la autoridad considere necesario para otorgar el permiso.
  • Si el vertimiento va al suelo, además la información del artículo 2.2.3.3.4.9: pruebas de infiltración, sistema y área de disposición y plan de cierre, y para aguas no domésticas, línea base de suelo y de agua subterránea y plan de monitoreo.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Permiso de Vertimiento a Cuerpos de AguaFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 46 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Formato Único Nacional de Permiso de Vertimiento al SueloFormulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible · publicado por la ANLAPDF, 52 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Autorización de ocupación de cauce, playa o lechoTrámite

Construir obras que ocupen el cauce de una corriente o un depósito de agua exige autorización, y ocupar una playa, de forma permanente o transitoria, exige permiso.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Formularios y normas para descargar

  • Formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y LechosFormulario · Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente) · publicado por la ANLADOC, 64 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Aprovechamiento forestal únicoTrámite

Remover bosque natural para cambiar el uso del suelo exige este permiso, con compensación; en reserva forestal, la sustracción va primero.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Requisitos principales

  • Solicitud formal ante la corporación.
  • Estudio técnico que demuestre una mejor aptitud de uso del suelo distinta a la forestal.
  • Plan de aprovechamiento forestal con la destinación de los productos y las medidas de compensación, y un inventario estadístico con error de muestreo no superior al 15 % y probabilidad del 95 %.
  • Si el área es de 20 hectáreas o más, un capítulo de consideraciones ambientales en el plan.
  • En predio privado, copia de la escritura pública y certificado de libertad y tradición de no más de dos meses.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables (Nuevo/Prórroga)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 205 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Aprovechamiento forestal persistenteTrámite

El aprovechamiento comercial sostenible de bosque natural, que garantiza su renovación, exige este permiso.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Requisitos principales

  • Solicitud formal.
  • En terreno público, acreditar capacidad para garantizar el manejo silvicultural, la investigación y la eficiencia en el aprovechamiento y la transformación.
  • En predio privado, copia de la escritura pública y certificado de libertad y tradición de no más de dos meses.
  • Plan de manejo forestal con inventario estadístico de todas las especies desde 10 cm de diámetro a la altura del pecho, con error no superior al 15 % y probabilidad del 95 %.
  • Inventario al 100 % de las especies a aprovechar: del área solicitada si es menor de 20 hectáreas, o de cada unidad de corta anual, 90 días antes de aprovecharla, si es de 20 hectáreas o más.
  • Si el área es de 20 hectáreas o más, un capítulo de consideraciones ambientales en el plan.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables (Nuevo/Prórroga)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 205 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Aprovechamiento forestal domésticoTrámite

Aprovechar bosque natural para necesidades domésticas propias requiere permiso o autorización; no puede pasar de 20 m3 al año ni venderse.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Requisitos principales

  • Solicitud formal a la corporación.
  • En predio privado, prueba de la propiedad del terreno.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables (Nuevo/Prórroga)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 205 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite · Radicar en VITAL

Tala o traslado de árboles aisladosTrámite

Talar, trasplantar o reubicar árboles aislados en centros urbanos por una obra requiere autorización; en proyectos con licencia o plan de manejo, remover hasta 20 m3 no requiere permiso aparte.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

La norma no fija un plazo para decidir.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables (Nuevo/Prórroga)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 205 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Aprovechamiento de productos forestales no maderablesTrámite

El manejo sostenible de la flora silvestre y de los productos no maderables del bosque requiere permiso, asociación o concesión en terrenos públicos, o autorización en predios privados; el uso para necesidades elementales no lo requiere.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Plazo

Manejo doméstico: visita dentro de los 10 días siguientes a la apertura del expediente y decisión dentro de los 10 días siguientes a la visita. Manejo persistente: decisión en un máximo de 20 días desde que la autoridad tiene toda la información.

Requisitos principales

  • Formato Único Nacional diligenciado.
  • Para el manejo persistente, el estudio técnico y el pago del servicio de evaluación.

Formularios y normas para descargar

  • Formato Único Nacional de Solicitud de Aprovechamiento Forestal y Manejo Sostenible de Flora Silvestre y los Productos Forestales No Maderables (Nuevo/Prórroga)Formulario · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 205 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Radicar en VITAL

Permiso de emisiones atmosféricasTrámite

Las fuentes fijas y las actividades que lista la norma requieren permiso para emitir contaminantes al aire.

Ante quiénLa autoridad ambiental regional del lugarCorporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana.

Cómo avanza el trámite

  1. Auto de inicio dentro de 10 días hábiles, con 10 días para corregir la solicitud
  2. Visita dentro de 15 días hábiles
  3. Conceptos de otras entidades en 5 más 15 días
  4. Decisión en un máximo de 60 días hábiles

Requisitos principales

  • Nombre o razón social del solicitante y de su representante o apoderado, con su domicilio.
  • Localización de las instalaciones, el área o la obra.
  • Fecha prevista de inicio de actividades, o de inicio y fin si las emisiones son transitorias.
  • Concepto sobre el uso del suelo de la autoridad municipal o distrital, o los documentos oficiales que prueben la compatibilidad.
  • Información meteorológica básica del área.
  • Descripción de las obras y procesos que generan emisiones, con planos, flujograma, puntos de emisión y características de ductos, chimeneas o fuentes dispersas.
  • Producción prevista o actual y proyecciones a cinco años.
  • Estudio técnico de evaluación de las emisiones, con el consumo de materias primas y combustibles.
  • Diseño de los sistemas de control de emisiones, su ubicación e informe de ingeniería, e indicación de si usa controles al final del proceso o tecnologías limpias.
  • Certificado de existencia y representación legal y poder, cuando apliquen.
  • Constancia de pago de los derechos de trámite.
  • Estudio de dispersión, en refinerías, cementeras, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas agroindustriales y termoeléctricas.

Formularios y normas para descargar

  • Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso de Emisiones Atmosféricas Fuentes FijasFormulario · Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Ambiente) · publicado por la ANLADOC, 77 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Resolución 0619 de 7 de julio de 1997, por la cual se establecen parcialmente los factores a partir de los cuales se requiere permiso de emisión atmosférica para fuentes fijasNorma · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

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Después de la licencia 5Informes de cumplimiento ambiental · Inversión forzosa de no menos del 1 % · Compensación del componente biótico · Plan de contingencia para derrames · Registro Único Ambiental
Informes de cumplimiento ambientalTrámite

El titular de la licencia reporta periódicamente el cumplimiento de sus obligaciones.

Ante quiénLa autoridad que otorga la licencia

Plazo

La autoridad se pronuncia sobre cada informe en un término no mayor a tres meses.

Formularios y normas para descargar

  • Manual de seguimiento ambiental de proyectos. Criterios y procedimientosGuía · Ministerio del Medio Ambiente y Convenio Andrés BelloPDF, 2,2 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite

Inversión forzosa de no menos del 1 %Trámite

Los proyectos con licencia que toman agua directamente de una fuente natural deben invertir al menos el 1 % en la recuperación, preservación, conservación y vigilancia de la cuenca.

Plazo

No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.

Formularios y normas para descargar

  • Manual para la agrupación y alianzas en el marco de las obligaciones de compensaciones bióticas e inversión forzosa de no menos del 1%Guía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 1012 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposicionesNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 291 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 «Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad»Norma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 577 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial

Guía del trámite

Compensación del componente bióticoTrámite

La pérdida de biodiversidad que causan el proyecto, el aprovechamiento forestal único o la sustracción se compensa según el manual vigente.

Ante quiénLa autoridad que otorga la licencia, la sustracción o el aprovechamiento forestal único

Plazo

El plan se presenta con la solicitud del trámite; el de una sustracción, dentro de los seis meses siguientes a que quede en firme.

Requisitos principales

  • El plan de compensación del medio biótico, según el manual que adopta la Resolución 0305 de 2026.

Formularios y normas para descargar

  • Manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de áreas de reserva forestalGuía · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 3,0 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Anexo 1. Listado de factores de compensaciónGuía · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 85 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Manual para la agrupación y alianzas en el marco de las obligaciones de compensaciones bióticas e inversión forzosa de no menos del 1%Guía · Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)PDF, 1012 kB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Resolución 0305 de 7 de abril de 2026, por la cual se adopta la actualización del Manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de áreas de reserva forestal, y se toman otras determinacionesNorma · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 1,3 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Plan de contingencia para derramesTrámite

Quien explora, explota, procesa, transporta o almacena hidrocarburos o sustancias nocivas debe tener un plan de contingencia para derrames.

Ante quiénVa en el estudio de impacto si hay licencia; si no, se entrega a las autoridades ambientales donde se hace la actividad

Plazo

Sin licencia ambiental, el plan se entrega al menos 30 días calendario antes de iniciar actividades.

Normas para descargar

  • Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleNorma · Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor NormativoPDF, 1,8 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
Registro Único AmbientalTrámite

Quienes tienen licencia, plan de manejo, permisos o concesiones, y los generadores de residuos peligrosos, se inscriben y reportan cada año.

Ante quiénLa autoridad ambiental del lugar del establecimiento, o la que otorgó la licencia o el plan de manejo

Plazo

La autoridad inscribe el establecimiento en un máximo de 15 días hábiles. El reporte anual va del 1 de febrero al 15 de marzo, si el último dígito de la identificación es de 0 a 4, o del 16 de marzo al 30 de abril, si es de 5 a 9.

Requisitos principales

  • Solicitud de inscripción con la información del Anexo 2 de la Resolución 839 de 2023, una por cada establecimiento.

Formularios y normas para descargar

  • Manual para el diligenciamiento de la información en el Registro Único Ambiental, RUA, por parte de los establecimientosGuía · Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)PDF, 9,0 MB · se descarga del sitio de la entidadDescargarFuente oficial
  • Manual de diligenciamiento del RUA por parte de los establecimientos. Parte 1: Instrucciones para la inscripción en línea por parte de los establecimientos sujetos a reporte del RUAGuía · Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)PDF, 1,0 MB · copia del 28 de septiembre de 2026DescargarFuente oficial
  • Aplicativo del Registro Único Ambiental, RUA (IDEAM)Plataforma · Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM)Abrir la plataforma
  • Resolución 0839 de 28 de agosto de 2023, por la cual se sustituye la Resolución 0941 de 2009 en lo relacionado con el Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables (SIUR) y el Registro Único Ambiental (RUA), se adoptan el Protocolo para el monitoreo y seguimiento del SIUR para los sectores productivos y el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y se toman otras determinacionesNorma · Ministerio de Ambiente y Desarrollo SosteniblePDF, 29,8 MB · se descarga del sitio de la entidadDescargarFuente oficial