¿Qué trámites ambientales necesita una mina de carbón?
La explotación de carbón con título minero requiere licencia ambiental. Desde 800.000 toneladas al año la otorga la ANLA; por debajo, la autoridad regional. Hay zonas donde la ley prohíbe la minería, con licencia o sin ella.
| Producción anual | Trámite principal | Ante quién |
|---|---|---|
| Menos de 800.000 toneladas al año | Licencia ambiental ante la autoridad regional | La autoridad ambiental regional del lugar (corporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana) |
| 800.000 toneladas al año o más | Licencia ambiental ante la ANLA | Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) |
El resultado de abajo supone «Menos de 800.000 toneladas al año» como producción anual.
Este resultado supone un proyecto fuera de áreas protegidas, páramos, humedales, manglares y reservas forestales. Lo que la página no especifica sale como «probablemente aplica», y los permisos por el uso de agua, vertimientos, vegetación o emisiones, como la extracción de materiales para la obra, dependen de tu proyecto: personalízalo para verlos.
Tu resultado
Tu proyecto aparece en los listados de licencia ambiental y la competencia es de la autoridad ambiental regional del lugar.
Hay restricciones que podrían hacer inviable el proyecto donde lo planeas: revisa la primera sección.
Antes de radicar tienes 3 trámites o conceptos previos, y 3 más que dependen de la autoridad, de un «no sé» o de algo que falta responder.
Durante el proyecto tendrás 2 obligaciones de seguimiento, y 1 más que depende de la autoridad, de un «no sé» o de algo que falta responder.
Autoridad ambiental del lugar: depende del municipio; con el municipio te decimos cuál es.
No viable en esa zona 1
Prohibiciones legales que podrían impedir el proyecto donde lo planeas.
Probablemente aplica Reserva de recursos naturales del bioma amazónico
- Si se confirma lo que falta: Tu municipio está, en todo o en parte, en el bioma amazónico que la Resolución 0961 de 2026 declaró reserva de recursos naturales: allí no se otorgan nuevos títulos mineros, contratos de hidrocarburos ni licencias ambientales para explorar o explotar, salvo las excepciones de sus artículos 6 y 7. Rige desde el 5 de agosto de 2026, pero está en discusión: antes de planear, confirma con la autoridad que siga vigente, si tu proyecto cae dentro del polígono oficial y si le aplica alguna excepción. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
Ante quién: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Detalle técnico
La Resolución 0961 de 2026 declaró el bioma amazónico reserva de recursos naturales: dentro de su polígono no se otorgan nuevos títulos mineros, contratos de hidrocarburos ni licencias, permisos o autorizaciones ambientales para explorar o explotar minerales e hidrocarburos. Hay excepciones para proyectos que ya tenían título o contrato y sus instrumentos aprobados, para ciertas modalidades de formalización minera y para la minería de pequeña escala de materiales de construcción.
Norma
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Plazo
No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.
Fuentes
- Resolución 0961 de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Trámite principal 1
El instrumento ambiental que define la ruta del proyecto.
Aplica Licencia ambiental ante la autoridad regional
- La explotación de carbón de menos de 800.000 toneladas al año está en la lista de las autoridades regionales.
Ante quién: La autoridad ambiental regional del lugar (corporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana)
Detalle técnico
Autorización para ejecutar el proyecto, que lleva implícitos los permisos de uso de recursos naturales. La otorga la corporación o autoridad ambiental del lugar.
Norma
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3, num. 1, lit. a) PDF · 1,8 MB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.2.3
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.1.3
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.6.2
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.6.3
Documentos principales
- El Estudio de Impacto Ambiental, elaborado según los términos de referencia que apliquen al sector.
- Formulario Único de Licencia Ambiental.
- Los planos que soportan el estudio, en el Modelo de Almacenamiento Geográfico vigente.
- Costo estimado de inversión y operación del proyecto.
- Poder debidamente otorgado, cuando se actúe por apoderado.
- Constancia de pago del servicio de evaluación. Ante la ANLA la autoliquidación se hace antes de radicar; si se necesita que la liquide la autoridad, hay que pedirlo con al menos 15 días hábiles de antelación a la solicitud.
- Documento de identificación o certificado de existencia y representación legal, en el caso de personas jurídicas.
- Certificado del Ministerio del Interior sobre presencia o no de comunidades étnicas y existencia de territorios colectivos en el área del proyecto.
- Copia de la radicación del documento exigido por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH), en cumplimiento de la Ley 1185 de 2008.
- El formato aprobado por la autoridad para la verificación preliminar de la documentación.
- Para minería, copia del título minero o del contrato de concesión inscrito en el Registro Minero Nacional; para hidrocarburos, copia del contrato.
- Para carbón, el estudio del modo de transporte hasta el puerto (art. 2.2.2.3.6.2, par. 3).
- Si la licencia lleva implícita la concesión de aguas, el programa para el uso eficiente y ahorro del agua.
Formularios y guías
- Anexo No. 1. Formulario Único de Solicitud o Modificación de Licencia AmbientalDescargar XLSX · 70 kBVer en el origen
- Anexo No. 2. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de licencia ambientalDescargar PDF · 310 kBVer en el origen
- MAG Res. 2182 - MAGNA_Origen_Nacional (plantilla de la base de datos geográfica)Descargar ZIP · 3,1 MBVer en el origen
- Plantilla de Metadato InstitucionalDescargar XLSX · 710 kBVer en el origen
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesDescargar PDF · 5,4 MBVer en el origen
- Guía para el diligenciamiento y presentación del modelo de datos geográficosDescargar PDF · 3,0 MBVer en el origen
Plazo
Acto de inicio inmediato; evaluación y visita dentro de 20 días hábiles; reunión para pedir información adicional, por una sola vez, dentro de 10 días hábiles, y un mes para responder, prorrogable por otro; conceptos de otras entidades en 10 más 20 días hábiles; decisión en un máximo de 30 días hábiles.
Guía completa del trámite · Radicar en VITAL
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Antes de radicar 6
Lo que debes pedir o resolver antes o junto con la solicitud principal.
Aplica Términos de referencia del estudio
- El estudio ambiental se elabora con los términos de referencia que haya expedido el Ministerio de Ambiente, adaptados a tu proyecto; si no existen, los fija la autoridad.
Ante quién: La autoridad que otorga la licencia
Detalle técnico
El estudio ambiental se elabora con los términos de referencia del sector; si no existen para tu caso, se piden a la autoridad. La LASolar y la LAEólica tienen términos de referencia específicos, que expide la ANLA, y la licencia temporal de formalización minera, unos diferenciales del Ministerio de Ambiente.
Norma
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.3.2 PDF · 1,8 MB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.10.3
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.11.3
- Ley 1955 de 2019, art. 22 PDF · 577 kB
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Formularios y guías
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesDescargar PDF · 5,4 MBVer en el origen
Plazo
Si el Ministerio de Ambiente no ha expedido términos de referencia para ese estudio, la autoridad los fija dentro de los 15 días hábiles siguientes a la solicitud. Los específicos de la LASolar y la LAEólica, la ANLA los expide en 15 días, o rechaza la solicitud en 5.
Guía completa del trámite · Radicar en VITAL
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- Ley 1955 de 2019, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Aplica Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa
- Si se confirma lo que falta: Si hay comunidades étnicas en el área o que usan el territorio, la Autoridad Nacional de Consulta Previa determina si procede la consulta con el criterio de afectación directa, así que no tener título no la descarta. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
- La solicitud de licencia debe llevar la certificación del Ministerio del Interior sobre la presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto.
Ante quién: Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, Ministerio del Interior
Detalle técnico
La Autoridad Nacional de Consulta Previa decide si el proyecto debe consultarse con comunidades étnicas. La solicitud de licencia lleva su pronunciamiento, y si la consulta procede, la licencia no se otorga sin protocolizarla.
Norma
- Decreto 2353 de 2019, art. 4 PDF · 94 kB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.6.2, num. 7 PDF · 1,8 MB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.6.3, par. 8
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Formularios y guías
- Anexo 1. Solicitud de determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa para la ejecución de proyectos, obras o actividadesDescargar DOC · 141 kBVer en el origen
- Procedimiento. Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa (versión 08)Descargar PDF · 362 kBVer en el origen
- SIANCP, Sistema de información de consulta previa (Ministerio del Interior)Abrir la plataforma
Plazo
No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.
Fuentes
- Decreto 2353 de 2019, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Aplica Programa de Arqueología Preventiva
- Tu proyecto requiere licencia ambiental: debe tener un programa de arqueología preventiva registrado ante el ICANH, y el acto que aprueba ese registro es el documento que pide la solicitud de licencia.
Ante quién: Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH)
Detalle técnico
Los proyectos que requieren licencia ambiental registran un programa de arqueología preventiva ante el ICANH, y sin el plan de manejo arqueológico aprobado no pueden empezar las obras.
Norma
- Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto 138 de 2019, arts. 2.6.5.2 y 2.6.5.4, par. 1 PDF · 1,1 MB
- Decreto 1080 de 2015, modificado por el Decreto 138 de 2019, arts. 2.6.5.2, 2.6.5.4 y 2.6.5.6
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.6.2, num. 8 PDF · 1,8 MB
Documentos principales
- Solicitud de registro del programa ante el ICANH, con información precisa del proyecto y de su titular y la caracterización de los polígonos del plan de manejo arqueológico.
- Un profesional en arqueología inscrito en el Registro Nacional de Arqueólogos.
Formularios y guías
- Modelo de datos ICANH versión 4 (archivos vectoriales, tablas y metadato)Descargar ZIP · 893 kBVer en el origen
- Términos de referencia para los Programas de Arqueología PreventivaDescargar PDF · 389 kBVer en el origen
- Protocolo de manejo de hallazgos fortuitos de patrimonio arqueológico (GP-PR-08-PT-01)Descargar PDF · 298 kBVer en el origen
- Formulario de Registro Programa de Arqueología Preventiva (ICANH)Abrir la plataforma
Plazo
El ICANH aprueba el registro en un máximo de 15 días hábiles, y el plan de manejo arqueológico en otros 15 días hábiles.
Fuentes
- Decreto 1080 de 2015 Sector Cultura, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Probablemente aplica Concepto previo de la ANLA
- Si se confirma lo que falta: Tu proyecto está en jurisdicción de la CDA, CORPOAMAZONIA o CODECHOCO: antes de otorgar una licencia minera o de infraestructura vial, la corporación debe enviar el proyecto de decisión a la ANLA para su concepto. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
Ante quién: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)
Detalle técnico
En jurisdicción de la CDA, CORPOAMAZONIA o CODECHOCO, las licencias de minería y de infraestructura vial requieren, antes de otorgarse, el concepto de aprobación de la ANLA.
Norma
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Plazo
La ANLA emite su concepto en un máximo de 20 días hábiles desde que recibe el proyecto de decisión de la corporación.
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 28 de septiembre de 2026.
Probablemente aplica Definición de la autoridad cuando hay varias jurisdicciones
- Si se confirma lo que falta: Si tu proyecto está en la jurisdicción de más de una autoridad ambiental, esas autoridades envían la solicitud de licencia a la ANLA, que designa cuál de ellas la decide. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
Ante quién: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)
Detalle técnico
Si el proyecto sujeto a licencia cae en la jurisdicción de dos o más autoridades, la autoridad ante la que radicas la solicitud la envía a la ANLA con la información de cada jurisdicción, y la ANLA designa cuál autoridad decide la licencia.
Norma
Documentos principales
No los radicas tú ante la ANLA: la autoridad ante la que radicas la solicitud de licencia los anexa al enviarla.
- Descripción del proyecto: objetivo, actividades y características en cada jurisdicción, con localización georreferenciada.
- Consideraciones técnicas: componentes ambientales, infraestructura e impactos significativos en cada jurisdicción.
- Recursos naturales, permisos y concesiones que se requieren en cada jurisdicción.
Plazo
La ANLA designa la autoridad dentro de los 15 días hábiles siguientes a recibir la información.
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 28 de septiembre de 2026.
Probablemente aplica Permiso de recolección para estudios ambientales
- Si el estudio ambiental incluye muestreos con colecta de especímenes, necesitas este permiso antes de hacerlos.
Ante quién: La autoridad regional; la ANLA si cubre dos o más jurisdicciones; Parques Nacionales dentro de un parque
Detalle técnico
Las colectas de flora, fauna o hidrobiológicos para elaborar un estudio ambiental requieren este permiso antes del muestreo.
Norma
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.9.2.1 PDF · 1,8 MB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.9.2.3
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.9.2.4
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.9.2.7
Documentos principales
- Formato de solicitud diligenciado, con los departamentos o municipios donde se hará la recolecta.
- Documento con las metodologías para cada grupo biológico que se va a estudiar.
- Documento con el perfil de los profesionales que intervendrán en los estudios.
- Copia del documento de identificación del solicitante.
- Recibo de pago del servicio de evaluación.
Formularios y guías
- Formato Único Nacional Solicitud. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesDescargar DOCX · 48 kBVer en el origen
- Formato Único Nacional. Inicio de actividades por proyecto. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesDescargar DOCX · 49 kBVer en el origen
- Formato Único Nacional. Relación del material recolectado. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesDescargar DOCX · 47 kBVer en el origen
- Guía para la solicitud y uso del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales (IR-GU-01)Descargar PDF · 3,6 MBVer en el origen
- Instructivo para la liquidación de servicios de evaluación para los trámites de biodiversidad ante la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales, VITAL (IR-IN-22)Descargar PDF · 1,1 MBVer en el origen
Plazo
Auto de inicio dentro de 3 días hábiles; la autoridad puede pedir información adicional, por una sola vez, dentro de 10 días hábiles; decisión en 10 días hábiles. El permiso dura hasta dos años.
Guía completa del trámite · Radicar en VITAL
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Obligaciones durante el proyecto 3
Lo que debes cumplir mientras el proyecto se construye y opera.
Aplica Informes de cumplimiento ambiental
- Los proyectos con licencia ambiental o plan de manejo son objeto de control y seguimiento: la autoridad que los otorgó revisa sus informes de cumplimiento ambiental y debe pronunciarse sobre cada uno en máximo tres meses.
Ante quién: La autoridad que otorga la licencia
Detalle técnico
El titular de la licencia reporta periódicamente el cumplimiento de sus obligaciones.
Norma
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.9.1, num. 9 y par. 1 PDF · 1,8 MB
- Decreto 1076 de 2015, art. 2.2.2.3.9.1
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Formularios y guías
- Manual de seguimiento ambiental de proyectos. Criterios y procedimientosDescargar PDF · 2,2 MBVer en el origen
Plazo
La autoridad se pronuncia sobre cada informe en un término no mayor a tres meses.
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Aplica Registro Único Ambiental
- Quienes requieren licencia, plan de manejo, permisos, concesiones u otras autorizaciones para usar recursos naturales deben inscribirse en el Registro Único Ambiental y actualizarlo cada año.
Ante quién: La autoridad ambiental del lugar del establecimiento, o la que otorgó la licencia o el plan de manejo
Detalle técnico
Quienes tienen licencia, plan de manejo, permisos o concesiones, y los generadores de residuos peligrosos, se inscriben y reportan cada año.
Norma
Documentos principales
- Solicitud de inscripción con la información del Anexo 2 de la Resolución 839 de 2023, una por cada establecimiento.
Formularios y guías
- Manual para el diligenciamiento de la información en el Registro Único Ambiental, RUA, por parte de los establecimientosDescargar PDF · 9,0 MBVer en el origen
- Manual de diligenciamiento del RUA por parte de los establecimientos. Parte 1: Instrucciones para la inscripción en línea por parte de los establecimientos sujetos a reporte del RUADescargar PDF · 1,0 MBVer en el origen
- Aplicativo del Registro Único Ambiental, RUA (IDEAM)Abrir la plataforma
Plazo
La autoridad inscribe el establecimiento en un máximo de 15 días hábiles. El reporte anual va del 1 de febrero al 15 de marzo, si el último dígito de la identificación es de 0 a 4, o del 16 de marzo al 30 de abril, si es de 5 a 9.
Fuentes
- Resolución 839 de 2023, Secretaría Jurídica Distrital de Bogotá · Régimen Legal de Bogotá. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Probablemente aplica Compensación del componente biótico
- Con licencia ambiental, la pérdida de biodiversidad en las áreas donde queden impactos residuales se compensa según el manual que adoptó la Resolución 0305 de 2026, que no aplica a la compensación de los ecosistemas marino costeros.
Ante quién: La autoridad que otorga la licencia, la sustracción o el aprovechamiento forestal único
Detalle técnico
La pérdida de biodiversidad que causan el proyecto, el aprovechamiento forestal único o la sustracción se compensa según el manual vigente.
Norma
- Resolución 0305 de 2026, art. 1 y manual adoptado, num. 2.1 PDF · 1,3 MB
- Resolución 0305 de 2026, arts. 1 y 4
Documentos principales
- El plan de compensación del medio biótico, según el manual que adopta la Resolución 0305 de 2026.
Formularios y guías
- Manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de áreas de reserva forestalDescargar PDF · 3,0 MBVer en el origen
- Anexo 1. Listado de factores de compensaciónDescargar PDF · 85 kBVer en el origen
- Manual para la agrupación y alianzas en el marco de las obligaciones de compensaciones bióticas e inversión forzosa de no menos del 1%Descargar PDF · 1012 kBVer en el origen
Plazo
El plan se presenta con la solicitud del trámite; el de una sustracción, dentro de los seis meses siguientes a que quede en firme.
Fuentes
- Resolución 0305 de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Avisos 3
Transiciones, regímenes especiales y temas en discusión que no cambian la ruta ordinaria.
Aviso Nueva metodología de estudios ambientales
- El estudio ambiental se presenta según la metodología general que adoptó la Resolución 0940 de 2026; los estudios que ya estaban en elaboración pueden presentarse con la anterior durante 18 meses.
Ante quién: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Detalle técnico
La Resolución 0940 de 2026 adoptó una nueva metodología general para elaborar estudios ambientales. Los estudios que ya estaban en elaboración pueden presentarse con la metodología anterior durante 18 meses.
Norma
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Formularios y guías
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesDescargar PDF · 5,4 MBVer en el origen
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales (2018)Descargar PDF · 2,4 MBVer en el origen
Plazo
No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.
Fuentes
- Resolución 0940 de 2026, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Aviso Predios en restitución de tierras
- Si se confirma lo que falta: La Unidad de Restitución de Tierras lleva el registro de tierras despojadas y abandonadas, y la inscripción de un predio es el requisito para la acción de restitución: confirma la situación de cada predio antes de invertir. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
Ante quién: Unidad de Restitución de Tierras
Detalle técnico
No es un trámite ambiental. La Unidad de Restitución de Tierras lleva el registro de predios despojados o abandonados, que es el paso previo a la acción de restitución; conviene confirmar que ningún predio del proyecto esté en él.
Norma
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Plazo
No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.
Fuentes
- Ley 1448 de 2011, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Aviso Varias autoridades ambientales
- Si se confirma lo que falta: Si tu proyecto cruza la jurisdicción de más de una autoridad ambiental y requiere licencia, la autoridad que designe la ANLA precisa en la licencia cómo participa cada una en el seguimiento, y las tasas ambientales se pagan a la autoridad en cuya jurisdicción se usa cada recurso. Depende de algo que aún no está resuelto: una respuesta «no sé», una pregunta sin responder o un punto que decide la autoridad.
Ante quién: La autoridad ambiental regional del lugar (corporación autónoma regional, de desarrollo sostenible o autoridad urbana)
Detalle técnico
Cuando un proyecto cruza varias jurisdicciones, cada autoridad ambiental otorga los permisos de uso de recursos de su territorio. Si hay licencia, la decide la autoridad que designe la ANLA, y las tasas se pagan donde se usa cada recurso.
Norma
Documentos principales
No verificamos la lista de documentos en una fuente oficial; pídela a la autoridad.
Plazo
No verificamos el plazo en una fuente oficial; pídelo a la autoridad.
Fuentes
- Decreto 1076 de 2015, Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
- Ley 99 de 1993, Departamento Administrativo de la Función Pública · Gestor Normativo. Consultada el 27 de septiembre de 2026.
Verificado el 27 de septiembre de 2026.
Documentos para tener a la mano
Los formularios, guías y normas oficiales que pide tu resultado, para descargar o consultar en su origen.
Formularios y formatos
- Anexo No. 1. Formulario Único de Solicitud o Modificación de Licencia AmbientalEl formulario único para pedir o modificar una licencia ambiental, en Excel (Anexo 1 de la Resolución 0108 de 2015).Descargar XLSX · 70 kBVer en el origen
- Anexo No. 2. Formato para la verificación preliminar de la documentación que conforma la solicitud de licencia ambientalLista de chequeo de los requisitos mínimos del Estudio de Impacto Ambiental y de los documentos anexos que se revisan antes de iniciar la evaluación de una solicitud de licencia.Descargar PDF · 310 kBVer en el origen
- MAG Res. 2182 - MAGNA_Origen_Nacional (plantilla de la base de datos geográfica)Plantilla vacía del modelo de datos geográficos de la ANLA en geodatabase (BD_ANLA_MAGNA_NACIONAL.gdb) y en shapefiles, en origen único nacional.Descargar ZIP · 3,1 MBVer en el origen
- Plantilla de Metadato InstitucionalPlantilla para diligenciar el metadato de la información geográfica entregada a la ANLA.Descargar XLSX · 710 kBVer en el origen
- Anexo 1. Solicitud de determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa para la ejecución de proyectos, obras o actividadesFormulario obligatorio para pedir que la DANCP determine si un proyecto, obra o actividad requiere consulta previa: datos del solicitante, del proyecto, del área de influencia y anexos cartográficos.Descargar DOC · 141 kBVer en el origen
- Modelo de datos ICANH versión 4 (archivos vectoriales, tablas y metadato)Plantillas geográficas (shapefiles en CTM12 y tablas) que el titular diligencia y actualiza a lo largo de todas las fases del programa.Descargar ZIP · 893 kBVer en el origen
- Formato Único Nacional Solicitud. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormato para pedir el permiso de estudio: datos del solicitante, duración y metodologías de recolección por grupo biológico (técnica, unidad y esfuerzo de muestreo), preservación y movilización.Descargar DOCX · 48 kBVer en el origen
- Formato Único Nacional. Inicio de actividades por proyecto. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormato con el que el titular del permiso de estudio informa el inicio de las actividades de recolección de cada proyecto.Descargar DOCX · 49 kBVer en el origen
- Formato Único Nacional. Relación del material recolectado. Permiso de recolección con fines de elaboración de estudios ambientalesFormato para reportar a la autoridad el material biológico recolectado al amparo del permiso de estudio.Descargar DOCX · 47 kBVer en el origen
Términos de referencia y metodologías
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios AmbientalesInstrucciones ordenadas para elaborar y presentar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas y el Estudio de Impacto Ambiental que exige la licencia ambiental; se complementan con los términos de referencia de cada sector.Descargar PDF · 5,4 MBVer en el origen
- Términos de referencia para los Programas de Arqueología PreventivaFija qué debe presentarse en cada fase del Programa de Arqueología Preventiva (registro, diagnóstico y prospección, plan de manejo, implementación y arqueología pública).Descargar PDF · 389 kBVer en el origen
- Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales (2018)Versión anterior de la metodología para elaborar y presentar DAA y EIA.Descargar PDF · 2,4 MBVer en el origen
- Términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental – EIA proyectos de explotación mineraIndica qué información debe contener el Estudio de Impacto Ambiental para pedir licencia ambiental en proyectos de explotación minera.Descargar PDF · 1,3 MBVer en el origen
- Términos de referencia para la elaboración del estudio de impacto ambiental – EIA, requerido para el trámite de la licencia ambiental global o definitiva para proyectos de explotación de pequeña mineríaIndica qué información debe contener el Estudio de Impacto Ambiental para pedir licencia ambiental en proyectos de explotación de pequeña minería (licencia global o definitiva).Descargar PDF · 1,0 MBVer en el origen
Guías y manuales
- Guía para el diligenciamiento y presentación del modelo de datos geográficosPrecisiones y aclaraciones para entender, diligenciar y presentar la información del Modelo de Almacenamiento Geográfico.Descargar PDF · 3,0 MBVer en el origen
- Procedimiento. Determinación de procedencia y oportunidad de la consulta previa (versión 08)Procedimiento interno de la DANCP que explica cómo se recibe, revisa, analiza y resuelve la solicitud de procedencia de consulta previa y cómo se notifica.Descargar PDF · 362 kBVer en el origen
- Protocolo de manejo de hallazgos fortuitos de patrimonio arqueológico (GP-PR-08-PT-01)Define el procedimiento para atender el encuentro no proyectado de bienes arqueológicos, los tiempos de respuesta, los actores y sus obligaciones.Descargar PDF · 298 kBVer en el origen
- Guía para la solicitud y uso del permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales (IR-GU-01)Guía paso a paso de requisitos, radicación en VITAL, uso y reportes del permiso de estudio; lista los formatos únicos nacionales asociados.Descargar PDF · 3,6 MBVer en el origen
- Instructivo para la liquidación de servicios de evaluación para los trámites de biodiversidad ante la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales, VITAL (IR-IN-22)Paso a paso para autoliquidar en VITAL el servicio de evaluación de los trámites de biodiversidad de la ANLA.Descargar PDF · 1,1 MBVer en el origen
- Manual de seguimiento ambiental de proyectos. Criterios y procedimientosCriterios, procedimientos y formatos (ICA-0, ICA-1, ICA-2 y siguientes) para el seguimiento ambiental de proyectos licenciados y la presentación de los Informes de Cumplimiento Ambiental.Descargar PDF · 2,2 MBVer en el origen
- Manual para el diligenciamiento de la información en el Registro Único Ambiental, RUA, por parte de los establecimientosManual completo para diligenciar cada capítulo del RUA en el aplicativo del IDEAM, incluido el reporte al RETC y su relación con el ICA.Descargar PDF · 9,0 MBVer en el origen
- Manual de diligenciamiento del RUA por parte de los establecimientos. Parte 1: Instrucciones para la inscripción en línea por parte de los establecimientos sujetos a reporte del RUAPaso a paso para solicitar la inscripción en línea del establecimiento en el RUA (usuarios migrados y nuevos) y enviarla a la autoridad ambiental competente.Descargar PDF · 1,0 MBVer en el origen
- Manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de áreas de reserva forestalDefine qué, cuánto, dónde y cómo compensar los impactos residuales sobre la biodiversidad en proyectos con licencia, aprovechamiento forestal único y sustracción de reservas forestales.Descargar PDF · 3,0 MBVer en el origen
- Anexo 1. Listado de factores de compensaciónLista el factor de compensación de cada unidad bioma–unidad biótica (BIOMA-IAVH) para calcular cuánta área compensar.Descargar PDF · 85 kBVer en el origen
- Manual para la agrupación y alianzas en el marco de las obligaciones de compensaciones bióticas e inversión forzosa de no menos del 1%Orienta cómo agrupar obligaciones de compensación e inversión del 1 % y hacer alianzas entre titulares para maximizar los beneficios para la conservación.Descargar PDF · 1012 kBVer en el origen
Plataformas en línea
- SIANCP, Sistema de información de consulta previa (Ministerio del Interior)Sistema en línea donde se crea la cuenta ('Registrar usuario') y se inicia la 'Solicitud de Determinación de Procedencia y Oportunidad de la Consulta Previa' para proyectos, obras o actividades.Abrir la plataforma
- Formulario de Registro Programa de Arqueología Preventiva (ICANH)Formulario virtual (Google Forms) con el que el titular pide el registro del Programa de Arqueología Preventiva; la resolución de registro es el documento que exige el Decreto 1076 para la licencia.Abrir la plataforma
- Aplicativo del Registro Único Ambiental, RUA (IDEAM)Aplicativo web donde el establecimiento se inscribe y reporta anualmente el RUA según la Resolución 0839 de 2023.Abrir la plataforma
Normas
- Resolución 0961 de 4 de agosto de 2026, por medio de la cual se delimita y declara el bioma amazónico colombiano como una reserva de los recursos naturales renovables y del ambiente con carácter definitivoDeclara el bioma amazónico reserva de recursos naturales y restringe allí la minería y los hidrocarburos.Descargar ZIP · 51,0 MBVer en el origen
- Decreto 1076 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo SostenibleReúne los reglamentos ambientales: qué proyectos requieren licencia, ante quién, con qué requisitos y en qué plazos, y los permisos de uso de agua, bosques, aire y biodiversidad.Descargar PDF · 1,8 MBVer en el origen
- Ley 1955 de 2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 «Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad»Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. Regula, entre otros, la licencia temporal para la formalización minera (art. 22) y la inversión forzosa del 1 % (art. 321).Descargar PDF · 577 kBVer en el origen
- Decreto 2353 de 2019, por el cual se modifica la estructura del Ministerio del Interior y se determinan las funciones de algunas dependenciasEstructura del Ministerio del Interior, con la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa.Descargar PDF · 94 kBVer en el origen
- Decreto 1080 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector CulturaDecreto Único del sector Cultura: patrimonio arqueológico, Programa de Arqueología Preventiva y hallazgos fortuitos.Descargar PDF · 1,1 MBVer en el origen
- Resolución 0839 de 28 de agosto de 2023, por la cual se sustituye la Resolución 0941 de 2009 en lo relacionado con el Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables (SIUR) y el Registro Único Ambiental (RUA), se adoptan el Protocolo para el monitoreo y seguimiento del SIUR para los sectores productivos y el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y se toman otras determinacionesRegistro Único Ambiental (RUA): quiénes se inscriben y cómo reportan cada año.Descargar PDF · 29,8 MBVer en el origen
- Resolución 0305 de 7 de abril de 2026, por la cual se adopta la actualización del Manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de áreas de reserva forestal, y se toman otras determinacionesAdopta la actualización del manual para la compensación del medio biótico y de la sustracción de reservas forestales.Descargar PDF · 1,3 MBVer en el origen
- Resolución 0940 de 28 de julio de 2026, por la cual se adopta la Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales y se toman otras determinacionesAdopta la Metodología General para la Elaboración y Presentación de Estudios Ambientales.Descargar PDF · 284 kBVer en el origen
- Ley 1448 de 2011, por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposicionesLey de víctimas y de restitución de tierras: crea el registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente.Descargar PDF · 390 kBVer en el origen
- Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposicionesCrea el Ministerio de Ambiente y el Sistema Nacional Ambiental, fija las funciones de las corporaciones autónomas regionales y establece la licencia ambiental.Descargar PDF · 291 kBVer en el origen
Copias tomadas de las fuentes oficiales en la fecha que indica cada una. Antes de radicar, confirma la versión vigente en el origen. Ver todos los documentos
Limitaciones
- Es un resultado orientativo: no reemplaza el pronunciamiento de la autoridad ambiental.
- No revisa el plan de ordenamiento territorial del municipio ni las normas propias de cada corporación (densidades, tarifas, formularios regionales).
- Las áreas sensibles salen de lo que respondiste, no de un mapa: si no estás seguro de dónde cae el proyecto, verifícalo antes de radicar.
- Solo cubre el régimen ambiental ordinario. Una norma vigente cuya aplicación está en discusión, como la Resolución 0961 de 2026, sale con su restricción y con «Lo decide la autoridad»: confirma su vigencia antes de planear.
- No evalúa regímenes temporales de emergencia: si el Gobierno declara uno nuevo, esta herramienta no lo detecta ni lo muestra.
- En el bioma amazónico, la restricción de la Resolución 0961 de 2026 se basa en la lista oficial de municipios, no en el polígono exacto de la reserva: en un municipio cubierto solo en parte, puede sobrar.
- En un páramo, deduce de tus respuestas la minería, los hidrocarburos, las vías nuevas, la expansión urbana, los residuos, los organismos genéticamente modificados, las especies invasoras, las quemas y las talas; la maquinaria pesada en actividades agropecuarias, los juegos pirotécnicos y las sustancias inflamables, explosivas y químicas, la fumigación con químicos y los demás usos incompatibles con el plan de manejo del páramo no se preguntan y los decide la autoridad.
- No evalúa los permisos propios de porcicultura, avicultura ni acuicultura, como el permiso de cultivo de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca.
- La licencia urbanística solo aparece si marcaste el sector urbanismo: otro sector que también construya, por ejemplo un hotel, un comercio o una industria, no la ve aunque pueda necesitarla.
- No evalúa la autorización del Ministerio de Minas y Energía para el distribuidor minorista de combustibles de una estación de servicio: no es un trámite ambiental.
- Para el registro de plantaciones forestales comerciales no verificamos documentos ni plazo en una fuente oficial.
- El sistema de gestión ambiental para residuos no peligrosos puede no aplicar a una estación de transferencia, aunque aparezca mencionada entre las opciones.
- Las ventanillas de radicación que mostramos, como VITAL, se asignaron según la norma, no según el listado del portal, que exige iniciar sesión.
Reglas verificadas al 27 de septiembre de 2026 contra el texto vigente de cada norma.
Preguntas frecuentes
¿Quién otorga la licencia de una mina de carbón?
La ANLA, si la explotación proyectada es de 800.000 toneladas al año o más; la autoridad ambiental regional, si es menor (arts. 2.2.2.3.2.2 y 2.2.2.3.2.3 del Decreto 1076 de 2015).
¿Qué pide de especial la solicitud?
Además de los requisitos comunes, copia del título minero o del contrato de concesión inscrito en el Registro Minero Nacional y los estudios sobre las condiciones del modo de transporte del carbón desde la mina hasta el puerto de embarque (art. 2.2.2.3.6.2, pars. 1 y 3, del Decreto 1076 de 2015).
¿Dónde está prohibida la minería?
La ley la prohíbe en los páramos delimitados, en los humedales Ramsar y en manglares y arrecifes de coral, y los parques nacionales y regionales son zonas excluidas de la minería, sin posibilidad de sustracción. La Ley 1450 de 2011 también la prohíbe en las reservas forestales protectoras, que no se pueden sustraer para ese fin. En las reservas forestales de la Ley 2 de 1959 solo se puede minar si antes se sustrae el área, y en las demás áreas protegidas depende de lo que disponga el acto que las declaró.
¿Hay reglas propias en el Chocó o la Amazonía?
En jurisdicción de la CDA, CORPOAMAZONIA o CODECHOCO, antes de otorgar una licencia minera la corporación debe enviar el proyecto de decisión a la ANLA para su concepto (art. 2.2.2.3.6.5 del Decreto 1076 de 2015). Y en el bioma amazónico, la Resolución 0961 de 2026 impide otorgar nuevos títulos y licencias para explotar minerales, salvo sus excepciones; está en discusión, así que confirma con la autoridad que siga vigente.