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EUDR: el café soluble entra a la lista de productos regulados y el cuero sale, a 89 días de su aplicación
La UE publicó el 17 de septiembre el Reglamento Delegado 2026/2102 que reordena la lista de productos del EUDR: entran el café soluble, ciertos derivados de palma y las lenguas de res congeladas (desde 2027); salen el cuero, las pieles y varios artículos de caucho.
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El 17 de septiembre la Unión Europea publicó en su Diario Oficial el Reglamento Delegado (UE) 2026/2102, y con él cambió la lista exacta de productos que caen bajo el reglamento contra la deforestación importada (EUDR). Un exportador de café verde no tiene que hacer nada nuevo. Uno de café soluble, que hasta ahora quedaba por fuera, tendrá que demostrar de dónde viene cada grano.
El plazo general para las empresas grandes y medianas sigue intacto: 30 de diciembre de 2026. Desde hoy faltan 89 días.
Qué entra y qué sale de la lista
El Anexo I del EUDR enumera, por código aduanero, los productos derivados de las siete materias primas reguladas (ganado, cacao, café, palma, caucho, soya y madera). La Comisión adoptó el cambio el 13 de julio. Según su comunicado oficial, salen del Anexo I los cueros y pieles, los neumáticos recauchutados, la soya para siembra, los artículos de caucho vulcanizado, las bandas transportadoras y de transmisión, y los asientos de avión y de vehículos. Entran el café soluble, ciertos derivados de palma y las lenguas de res congeladas.
| Cambio | Productos | Desde cuándo |
|---|---|---|
| Entran | Café soluble (código 2101 11 00), ciertos derivados de palma, lenguas de res congeladas | 30 de diciembre de 2027 |
| Salen | Cueros y pieles, neumáticos recauchutados, soya para siembra, artículos de caucho vulcanizado, bandas transportadoras, asientos de avión y de vehículos | Tras la entrada en vigor del reglamento delegado |
| Sin cambio | Café verde y tostado, cacao, palma, soya, madera, caucho y ganado ya listados | 30 de diciembre de 2026 (grandes y medianas) y 30 de junio de 2027 (micro y pequeñas) |
Los códigos aduaneros y el detalle de los neumáticos y del caucho salen del análisis de Coolset sobre el texto publicado. Las fechas de aplicación de cada grupo coinciden con el resumen de Obsidian sobre la publicación en el Diario Oficial. Las dos fuentes difieren en el día exacto en que las exclusiones empiezan a regir (una habla del 18 de septiembre y otra de los veinte días siguientes a la publicación), así que el texto del reglamento en EUR-Lex es la referencia final para quien tenga cueros o caucho en su cadena.
Por qué el café soluble es el cambio que más pesa
El café verde y el tostado ya estaban en el EUDR. El soluble no, aunque sale del mismo grano. Era una brecha: la regulación seguía el grano hasta el tostado, pero perdía el rastro cuando se convertía en extracto.
Para cualquier país que exporte café soluble a la UE, Colombia incluida, esto significa que la prueba de origen deja de terminar en la finca y llega hasta el producto industrial. Colombia es un caso útil para dimensionarlo. En el informe de exportaciones de mayo de 2026 de la Federación Nacional de Cafeteros, el café industrializado fue el 8,3 % de las exportaciones del mes, y dentro de ese grupo el liofilizado tuvo la mayor participación (4,6 %), seguido por el soluble (2,2 %). En los últimos doce meses, el grupo "Soluble y Liofilizado" superó los 692 mil sacos, "su nivel más alto en los últimos cuatro años", según el mismo informe.

Hay un matiz que conviene dejar claro: el reglamento se apoya en el código aduanero 2101 11 00, que en el sistema armonizado corresponde a extractos, esencias y concentrados de café. Si un producto concreto, por ejemplo un liofilizado o una mezcla, cae o no bajo ese código es una pregunta de clasificación arancelaria que cada exportador debe confirmar con su agente de aduanas, no algo que este artículo pueda resolver.
Qué no cambia: el calendario de diciembre
Quien esperaba otra prórroga debe leer el comunicado con cuidado. La Comisión fue explícita en que solo el grupo de productos nuevos recibe el plazo adicional. Las fechas para las materias primas que ya estaban listadas se mantienen: medianas y grandes empresas desde el 30 de diciembre de 2026; micro y pequeñas desde el 30 de junio de 2027, según el resumen de Obsidian.
Lo que sí avanzó en paralelo es el sistema de información donde se presentan las declaraciones de diligencia debida. Según el comunicado de la Comisión, ese sistema reabrió a finales de junio y su actualización introduce declaraciones simplificadas para los operadores primarios micro y pequeños, además de especificaciones técnicas nuevas para las conexiones automáticas (API).

Qué debería hacer ahora quien exporta café soluble
Lo que sigue es análisis propio, no una exigencia de la norma. Si el plazo para el soluble es el 30 de diciembre de 2027, el calendario realista de un exportador industrial es corto: hay que poder rastrear cada lote de extracto hasta los predios que aportaron el grano, y esa trazabilidad se construye antes de la fecha, no el día anterior.
Tres preguntas ayudan a medir dónde está cada uno:
- ¿Tengo el origen por lote? Una planta que mezcla café de muchas fincas necesita saber qué predios entraron a cada lote de producción, no solo el total mensual de compras.
- ¿Mi proveedor ya reporta coordenadas? El caso colombiano muestra el camino: ya en agosto de 2024 el diario Portafolio reportaba que la Federación trabajaba en una plataforma de georreferenciación para verificar si la producción del grano está libre de deforestación, con la meta de que el 93 % de los cafeteros autorizaran su georreferenciación (Portafolio, 22 de agosto de 2024). La nota no da un porcentaje actual de avance, así que esa cifra era una meta, no un resultado.
- ¿Mi código aduanero es el que creo? Si el producto se mueve entre partidas, el análisis de alcance cambia.
Para el panorama general de qué exige el reglamento a un productor o exportador, el artículo EUDR 2026: qué necesitan café, cacao, palma y ganadería para no perder el mercado europeo sigue siendo el punto de partida.
Una conclusión
Esta reforma no es una prórroga ni una flexibilización: es un recorte de lo que sobra (cuero, caucho vulcanizado) y un cierre de lo que faltaba (el soluble). Para el exportador que ya trazó su café verde, el trabajo pendiente es prolongar esa trazabilidad hasta la planta; para el que no, el plazo de 2027 no es una comodidad sino la única ventana que le queda antes de que el cambio llegue a su producto.
Portada: ilustración conceptual de cafetales de ladera en los Andes colombianos. Imagen generada con IA (openai/gpt-image-2).
Juan Felipe Romero
Ecólogo
Soy ecólogo con posgrado en Administración Ambiental de Zonas Costeras y Máster en Restauración Ecológica, con más de 18 años de experiencia en planificación, gestión y desarrollo de soluciones tecnológicas ambientales.
Este artículo se redactó con apoyo de inteligencia artificial, bajo dirección editorial de Juan Felipe Romero.
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