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Licenciamiento ambiental

La ANLA exigió tres veces una licencia ambiental nueva para el Canal del Dique: en agosto revocó las tres

El 10 de agosto de 2026 la ANLA revocó tres resoluciones propias de 2024 que exigían una licencia ambiental nueva para el Canal del Dique. El proyecto reactiva sus obras bajo el mismo instrumento que la entidad había rechazado, mientras Minambiente insiste en que las exigencias no bajan y una exministra lo llama un retroceso.

Juan Felipe Romero13 min de lectura
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La ANLA exigió tres veces una licencia ambiental nueva para el Canal del Dique: en agosto revocó las tres

El 10 de agosto de 2026, mediante la Resolución 002130, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) revocó tres resoluciones que ella misma había expedido entre febrero y noviembre de 2024. Las tres, en distintos momentos, habían llegado a la misma conclusión: el megaproyecto de restauración del Canal del Dique necesitaba una licencia ambiental nueva, con su propio Estudio de Impacto Ambiental (EIA), antes de poder avanzar. Con la resolución de agosto, esa exigencia desapareció.

Por qué esto no es un simple trámite administrativo

El Canal del Dique conecta el río Magdalena con la bahía de Cartagena a través de ocho municipios de Bolívar y cinco de Atlántico. El proyecto de restauración busca recuperar más de 300.000 hectáreas de ecosistemas degradados asociados al canal, controlar el sedimento que llega a la bahía y reducir el riesgo de inundación en una zona que ya sufrió una ruptura del dique en 2010, con más de 25.000 personas afectadas. No es un proyecto nuevo: tiene estudios desde 1997 y un contrato de Asociación Público-Privada firmado en 2022 con la concesionaria Ecosistemas del Dique.

3Resoluciones de 2024 (000322, 000914 y 002544) que la propia ANLA revocó el 10 de agosto de 2026 para destrabar el proyecto.

Lo que cambió no es el proyecto, sino la ruta legal para ejecutarlo. La última de esas tres resoluciones, la 002544 de noviembre de 2024, había determinado que el Plan Hidrosedimentológico de 2017 no podía servir como instrumento ambiental válido para las obras, y que el proyecto debía tramitar una licencia nueva con su EIA completo. Esa exigencia mantuvo el proyecto detenido durante casi dos años.

Qué dice la ANLA sobre su propio cambio de posición

La entidad argumentó que mantener la exigencia de una licencia nueva "podía retrasar de forma injustificada las acciones de restauración" de un ecosistema que considera estratégico, y que el cambio climático y los eventos extremos recientes hacen más urgente "fortalecer el instrumento ambiental existente, en lugar de reiniciar todo el procedimiento de licenciamiento". En la práctica, eso significa que el Plan Hidrosedimentológico de 2017, el mismo documento que la ANLA había descartado en 2024, vuelve a ser el instrumento vigente, ahora con obligaciones adicionales de monitoreo y actualización técnica.

El Ministerio de Ambiente salió a respaldar la decisión con un argumento específico: la resolución, dijo, "ordena actualizar los estudios relacionados con agua, sedimentos, biodiversidad, cambio climático, ecosistemas estratégicos y protección de los derechos de las comunidades", por lo que, según la cartera, no hay una reducción de las exigencias ambientales sino un cambio del instrumento que las contiene.

Resolución revocadaFechaQué exigía
00032229 de febrero de 2024Primeras restricciones al Plan Hidrosedimentológico como instrumento válido
00091417 de mayo de 2024Ratificó y amplió las restricciones de la resolución anterior
00254418 de noviembre de 2024Exigió licencia ambiental nueva con EIA completo, deteniendo el proyecto
Vía inundada en el departamento del Atlántico tras una crecida asociada al Canal del Dique
El riesgo de inundación en los municipios ribereños del Atlántico y Bolívar es uno de los argumentos que la ANLA usó para justificar la urgencia de avanzar sin reabrir todo el trámite de licenciamiento. Crédito: Ocha Colombia, Wikimedia Commons, CC BY-SA 2.0

La otra lectura: lo que se dejó de exigir

No todos coinciden con la lectura del Ministerio. La exministra de Ambiente Irene Vélez, del gobierno anterior, calificó la decisión con dureza: "Esta es la ANLA en un gobierno que desprecia a los pobres: de un plumazo borra la necesidad de licencia ambiental", dijo, señalando el riesgo de que las poblaciones más vulnerables de la zona queden expuestas a cargas contaminantes y sedimentarias sin una evaluación previa formal. El actual ministro de Ambiente, Fabio Arjona, había defendido públicamente levantar la exigencia de una nueva licencia, argumentando que ralentizaba el proyecto y cuestionando el costo de repetir estudios ya hechos.

La tensión de fondo es simple de nombrar: un instrumento de manejo ambiental (el Plan Hidrosedimentológico) no pasa por el mismo escrutinio público, ni exige el mismo nivel de estudio de impacto, que una licencia ambiental completa. Que ambas rutas terminen autorizando las mismas 95 intervenciones civiles (esclusas, compuertas y obras de interconexión con humedales adyacentes, según el resumen del proyecto) es precisamente lo que separa a quienes ven esto como agilizar un trámite de quienes lo ven como debilitarlo.

Paisaje del río Magdalena en el área de influencia del Canal del Dique
El Canal del Dique conecta el río Magdalena con la bahía de Cartagena; las obras de restauración incluyen esclusas, compuertas y obras de interconexión con los humedales adyacentes a lo largo de ese tramo. Crédito: Adrian mariote, Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0

Qué sigue y qué vigilar

Con la revocación en firme, la concesionaria Ecosistemas del Dique queda habilitada para retomar las obras bajo el Plan Hidrosedimentológico actualizado, sin esperar a que se tramite ni se resuelva una licencia ambiental nueva. El gremio de infraestructura celebró la medida como "destrabar una obra estratégica"; congresistas del Caribe y comunidades ribereñas también respaldaron la reactivación. Lo que queda por verificar, y que ningún actor ha respondido todavía con cifras públicas, es qué tan robustas resultan en la práctica las "obligaciones adicionales de monitoreo y actualización técnica" que la propia ANLA añadió como condición: si ese seguimiento reemplaza de forma real la vigilancia que habría exigido un EIA completo, o si queda como una promesa de papel dentro de un instrumento que la misma entidad había considerado insuficiente hace menos de dos años.

Cierre

Una entidad reguladora revocando tres veces su propia exigencia en un mismo expediente no es, por sí solo, evidencia de nada: puede ser una corrección técnica legítima o una cesión frente a la presión de destrabar una obra atrasada casi 30 años. Lo que sí queda claro es que el criterio con el que la ANLA evalúa qué tan riguroso debe ser el control ambiental de un proyecto de esta escala cambió por completo entre 2024 y 2026, sin que el proyecto en sí, ni sus riesgos hidrosedimentológicos, hayan cambiado en lo más mínimo.

Juan Felipe Romero

Ecólogo

Soy ecólogo con posgrado en Administración Ambiental de Zonas Costeras y Máster en Restauración Ecológica, con más de 18 años de experiencia en planificación, gestión y desarrollo de soluciones tecnológicas ambientales.

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